Más control del ocio nocturno: registro de clientes, sin barra y sin cachimbas

CONSEJO DE GOBIERNO

Andalucía obliga a discotecas a tener registro de asistentes y reduce aforos en pubs y restaurantes.

En el interior, las personas no podrán consumir ni adquirir las bebidas en la barra

Estos locales deberán contar con controladores de sala 

También se prohíbe el botellón y las concentraciones de más de 15 personas en espacios públicos.

Desde este martes el botellón está declarado como actividad nociva, peligrosa e insalubre en Andalucía.

No se permite el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados 

Consejo de Gobierno restringe el ocio nocturno
CANAL SUR MEDIA
28 jul 2020 - 00:00

Desde este martes el botellón está declarado como actividad nociva, peligrosa e insalubre en Andalucía. La Policía Nacional podrá actuar para disolver a los jóvenes que se concentren para beber alcohol. Aunque los botellones están prohibidos desde 2006 en nuestra comunidad, algunos ayuntamientos podían facilitar espacios abiertos para que los más jóvenes pudieran reunirse.

El Consejo de Gobierno andaluz ha aprobado en su reunión de este martes medidas en relación con establecimientos del ocio nocturno encaminadas a evitar brotes de coronavirus, como la obligación de que las discotecas tengan un registro de asistentes, para que puedan ser localizados en caso de algún positivo, mientras que se reduce del 75 al 60 por ciento el aforo en el interior de los pubs, así como el número de comensales en mesas de restaurantes, que bajan de 25 a 12 como máximo.

El consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Ejecutivo, Elías Bendodo, ha dado cuenta de estas nuevas medidas en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, que se adoptan tras la reunión que el presidente de la Junta, Juanma Moreno, mantuvo este lunes con los alcaldes de las ocho capitales de provincia.

Ha anunciado que la próxima semana el Consejo de Gobierno aprobará el régimen sancionador a aplicar en el caso de que no se cumplan estas normas por parte de ciudadanos o dueños de establecimientos de discotecas, pubs o restaurantes.

La Junta ha adoptado estas nuevas medidas tras una segunda evaluación de la situación del coronavirus en la comunidad (la primera se hizo el día 7 de este mes), consciente de que el ocio nocturno es una "de las principales puertas de contagio". Bendodo ha querido dejar claro que las decisiones se adoptan, ya sean para avanzar o para ir hacia atrás, siempre siguiendo criterios estrictamente sanitarios.

En relación con las medidas para las discotecas, éstas tendrán que contar con un registro de sus asistentes, de manera que el acceso a estos locales se hará bien tras una reserva previa con nombres y apellidos y si no se realiza esa reserva, a la entrada habrá que dejar los datos personales.

En el interior, las personas no podrán consumir ni adquirir las bebidas en la barra, sino que tendrán que estar en las mesas, cuyo aforo máximo será de 12 personas. Este es el mismo aforo que se establece a partir de ahora para mesas en restaurantes, que antes era de 25 máximo.

Bendodo ha señalado además que los llamados botellones, en los que se concentran grandes cantidades de jóvenes en la vía pública para beber alcohol, quedan totalmente prohibidos en la comunidad porque se ha demostrado que son unos de los "principales focos de contagio". El botellón se declara como actividad "insalubre, nociva y peligrosa" según la Ley de Salud Pública y, concretamente, se prohíbe la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado de más de 15 personas que tenga lugar en espacios públicos, ajenos a los establecimientos de hostelería o similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito, y serán considerados como situaciones de insalubridad.

Bendodo ha querido dejar claro que a la Junta no le va a temblar el pulso a la hora de adoptar estas medidas y ha apuntado que los botellones se prohíben "por un motivo de salud pública" y que se necesita, sin duda, de la ayuda y colaboración de los ayuntamientos para aplicar el régimen sancionador, que será "rígido".

Estos locales deberán contar con controladores de sala contratados por la empresa que vigilen el cumplimiento de las normas y se controlará la limpieza de los servicios, ya sea con una persona permanente en el acceso o con un sistema que demuestre que se limpian máximo cada hora.

La apertura del establecimiento como máximo será hasta las 5,00 horas, cerrando el acceso de personas media hora antes de la hora prevista de cierre.

Las terrazas al aire libre de estos establecimientos limitarán su aforo al 75% en mesas o agrupaciones de mesas, con una ocupación máxima en las mismas de 12 personas, debiendo observar en la prestación del servicio en terrazas y veladores las mismas medidas de higiene y prevención previstas para los establecimientos de hostelería en todo lo que le resulte aplicable. El aforo de los llamados pub no podrá superar el 60%.

Finalmente, no se permite el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados en los locales de entretenimiento, ocio, hostelería y restauración, discotecas y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.

ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERIA

Dentro de las medidas aprobadas y referente a los establecimientos de hostelería se establece que aquellos que cuenten con sistema de autoservicio, evitarán la manipulación directa de los productos por parte de los clientes o en su caso, se establecerán sistemas que impidan que dicha manipulación pueda contaminar los alimentos o los elementos de contacto y uso común.

Los buffet dispondrán de geles hidroalcohólicos o desinfectantes viricidas autorizados y guantes desechables, así como de la información de las buenas prácticas que deben seguir los clientes. Igualmente, se marcarán los circuitos de autoservicio para permitir mantener la distancia de seguridad. A su salida se dispondrán de papeleras para depósito de los guantes desechables. El uso de mascarilla será obligatorio. Los elementos de servicio y, en su caso, los puntos de contacto de las máquinas de bebidas en autoservicio serán desinfectados o cambiados con una frecuencia adecuada, nunca superior a 30 minutos.

Del mismo modo, los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local y la ocupación máxima será de 12 personas por mesa o agrupación de mesa.

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