Autorizado el consumo de bebidas y alimentos en espectáculos públicos
consejería de salud
La Consejería de Salud lo autoriza en aquellos municipios con un nivel cero de alerta sanitaria y una tasa de incidencia acumulada inferior a 50 casos.
Será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre.
Desde este jueves se pueden consumir bebidas y alimentos en los espectáculos públicos y eventos multitudinarios en Andalucía. Una orden de la Consejería de Salud lo autoriza en aquellos municipios con un nivel cero de alerta
sanitaria y una tasa de incidencia acumulada inferior a 50 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. La tasa media de Andalucía se sitúa en 36,8 .
La orden que modifica esta nueva de la Consejería de Salud y Familias creaba el nivel cero de alerta sanitaria, que se suma a los ya existentes 1, 2, 3 y 4, y con el que se suprimen con carácter general las limitaciones horarias en el desarrollo de actividades y las limitaciones de aforos impuestas por la pandemia.
Con esta modificación, la orden sigue determinando que, "en el caso de espectáculos públicos o eventos multitudinarios será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre", así como "se establecerán sectores independientes de máximo 1.000 personas respetando en todo momento las normas de seguridad y evacuación". "Se designará un punto de acceso a cada sector con servicios independientes" y "no será necesaria realizar la evaluación de riesgos por la autoridad sanitaria", añade también la nueva orden, que elimina así la mención a que "no se permitirá el consumo de bebidas o alimentos en la zona de público".