Condenan a Zara por discriminar a dos trabajadoras de Almería con reducción de jornada
ROQUETAS
La empresa las obligó a elegir entre el despido, el traslado a una tienda de otra localidad o la renuncia a la reducción de jornada por cuidado de hijos
La sentencia no es firme, contra ella cabe recurso y la empresa anuncia que recurrirá
Un juez ha condenado a Zara por vulnerar los derechos fundamentales de dos dependientas con jornada reducida por cuidado de hijos, a las que obligó a elegir entre el despido, el traslado a una tienda de otra localidad, o a la renuncia a dicha reducción, un fallo que la empresa ha anunciado que recurrirá.
La sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Almería, señala que las trabajadoras prestaban su servicio en un centro comercial de la capital almeriense, desde el que fueron trasladadas a otro de Roquetas de Mar (Almería) tras el cierre de la tienda que Zara tenía en el primero.
La empresa aseguró entonces que ninguna de ellas tenía el "perfil adecuado" para trabajar en la tienda abierta en otro centro comercial de Almería porque exigía "una amplia disponibilidad de horarios durante los fines de semana".
La sentencia considera que la decisión de Zara viene motivada única y exclusivamente por el hecho de tener reducida su jornada de trabajo por razones de guarda legal de hijos menores de edad, lo que vulneraría el artículo 14 de la Constitución.
De la misma manera, se vulneraría el artículo 24, al entender que se podría tratar de una represalia de la empresa por no haber aceptado las trabajadoras las condiciones impuestas para trabajar en la nueva tienda.
La empresa les había ofrecido la posibilidad de modificar su horario para que pudieran trabajar los fines de semana, que es cuando se preveía una mayor afluencia de público y de volumen de ventas, o en su caso serían enviadas a un centro de trabajo en otra localidad o a otra tienda de previsible cierre, ofreciéndoles una salida indemnizada.
El fallo apunta que en las comunicaciones escritas entregadas a las afectadas, no se explicaban las razones que habían motivado el cierre de sus tiendas en un centro comercial y el traslado al de nueva apertura, ni tampoco el porqué de estos cambios.
El sindicato CSIF denunció lo ocurrido, al entender que esta medida de Zara dificultó "terriblemente" el ejercicio del derecho a su conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y la sentencia concluye que se han discriminado a estas empleadas por "razón de sexo y de circunstancias personales".
El grupo Inditex ha afirmado en un comunicado que el juez "no ha tenido en consideración todos los esfuerzos de la empresa para ajustar todos los horarios de la plantilla al completo para adaptarse a las necesidades de cada uno de ellos".
La sentencia no es firme, contra ella cabe recurso y la empresa anuncia que recurrirá.