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La Audiencia Provincial de Cádiz libra a un comprador de pagar a una inmobiliaria la visita

Da la razón al comprador que se ha negado a pagar honorarios a una agencia por enseñarle la vivienda y sin dar ningún servicio más

El consejo andaluz de agentes de la propiedad comparte el espíritu de esta sentencia, que obliga a las agencias a dar un servicio mínimo para cobrar una comisión al comprador o vendedor

CANAL SUR MEDIA 24 julio 2021

La Audiencia provincial de Cádiz da la razón al comprador de una vivienda que se ha negado a pagar honorarios a una inmobiliaria por enseñarle la vivienda y sin dar ningún servicio más. 

Hablamos con José Carlos Piñero, abogado del caso, para que nos lo explique. El agente enseñó al comprador el piso y le hizo firmar una hoja de visita.

La compra se hizo un tiempo después, un acuerdo entre el propietario y el vendedor sin intermediarios, una vez se arreglaron las cargas de la vivienda que era de VPO. La inmobiliaria pidió, entonces, al comprador 3.630 euros por la visita.

La Audiencia Provincial ha dicho que no y ha protegido los derechos del comprador basándose en la ley de transparencia.

Hablamos con Javier García-Valdecasas, presidente del Colegio Oficial de Agentes Inmobiliarios, para que nos de su opinión. Está "de acuerdo que el consumidor acuda al mercado inmobiliario con la máxima protección pero dice que no se puede llegar al caso extremo en el que se facilite que se pueda cometer fraude contra el legítimo derecho de cobrar honorarios por la prestación de un servicio".

La mayoría de las inmobiliarias diferencian entre el parte de visitas y el resto de servicios que sí tienen comisión.

El consejo andaluz de agentes de la propiedad comparte el espíritu de esta sentencia, que obliga a las agencias a dar un servicio mínimo para cobrar una comisión al comprador o vendedor.

Aquí pueden leer la sentencia.



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