fin del estado de alarma
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El TSJA rechaza el cierre perimetral de Montefrío pero avala el de Castro del Río, Bornos y Villamartín

Las decisiones contradictorias han sido tomadas por tres salas de lo Contencioso-Administrativo diferentes: una de Granada y dos de Sevilla.

Una dice que no se pueden restringir derechos de forma "indiscriminada y masiva" y las otras que la medida es proporcional.

En el caso de los municipios gaditanos, la Fiscalía ha presentado un informe favorable el cierre.

Ninguno de los cuatro autos es firme y contra ellos cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

CANAL SUR MEDIA 11 mayo 2021

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la orden de la Junta para confinar los municipios de Castro del Río, Bornos y Villamartín, pero no así la de Montefrío, el cuarto municipio para el que Salud pidió el cierre debido a la tasa de coronavirus.

En el caso del municipio cordobés y de los gaditanos se han pronunciado, en tres autos distintos, las secciones primera y tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla.

En estos tres autos, a los que ha tenido acceso Efe, el argumento esgrimido han sido razones de salud pública para evitar la propagación de la pandemia.

En el caso de los municipios gaditanos, la Fiscalía ha presentado además un informe favorable al cierre para "evitar la propagación" de la enfermedad.

Entre los datos aportados por la Junta en su escrito referente a la provincia de Cádiz, Salud explicaba que el porcentaje de ocupación de las UCI de referencia de los municipios es de 66 y 58 %, un argumento más, entiende la sala, para mantener el cierre perimetral, que sería efectivo hasta el 15 de mayo.

La sala mantiene en estos casos que la justificación que ofrece la Junta en sus peticiones de cierre perimetral pone de manifiesto que "las medidas adoptadas persiguen un fin constitucionalmente legítimo: proteger la salud pública de la población" del municipio en cuestión ante la pandemia.

Alude además en el auto a la "debida proporcionalidad de las medidas, en cuanto imprescindibles para garantizar la salud pública" de los vecinos, "erradicando el alto riesgo de contagio inminente que existiría de (lo) contrario" y con un alcance temporal que extiende durante siete días naturales, en los que podrían ser revisadas si así lo requiriese la evolución de la pandemia.

En la petición que hizo sobre Castro del Río, municipio que al igual que los anteriores supera el millar de positivos por cada 100.000 habitantes, la Junta trasladó igualmente las altas tasas de ocupación de camas, tanto en la UCI como en las de pacientes graves no por covid -en este último caso la ocupación supera el 70 %-, algo que ha tenido en cuenta la sala para su pronunciamiento.

Sin embargo, en el caso de Montefrío, sobre el que se ha pronunciado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal andaluz, con sede en Granada, los magistrados han considerado que las restricciones de derechos fundamentales no pueden realizarse de forma "indiscriminada y masiva".

Esta decisión, contra la que se ha emitido un voto particular, ha sido motivada en que la norma que debía amparar este cierre perimetral hace alusión a personas concretas y determinadas.

"Se está imponiendo una restricción indiscriminada de un derecho fundamental, hasta el extremo de que afecta, incluso, a aquellos ciudadanos que ya estuvieron vacunados", ha apuntado el TSJA.

El precepto, agrega el auto, al que ha tenido acceso Efe, "adolece de una imprecisa redacción" y debería modificarse para que resulte más favorable al ejercicio de derechos fundamentales.

Ninguno de los cuatro autos es firme y contra ellos cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

INCIDENCIA DE MÁS DE MIL CASOS

La Junta de Andalucía planteó el cierre perimetral de cuatro municipios de la comunidad que tienen más de mil casos de covid-19 por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días, una medida para la que ha pedido ratificación judicial: Bornos y Villamartín (Cádiz), Castro del Río (Córdoba) y Montefrío (Granada). Con la finalización del estado de alarma, medidas como el cierre perimetral o el toque de queda necesitan ser ratificados por la autoridad judicial.

Además del cierre perimetral de esos cuatro municipios, la Junta ha decretado el cierre de la actividad no esencial, al encontrarse en el nivel 4 grado 2 de alerta de Alfarnate (Málaga), Lucena y Cumbres Mayores (Huelva) y Colomera, Loja, Marchal, Salar y Villanueva de Mesía (Granada).

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