El Supremo sentencia: existe agravante de género aunque no haya una relación

22 nov 2018 - 00:00

Según una sentencia del Tribunal Supremo la circunstancia de agravante de género debe aplicarse en todos los casos en los que se agreda a una mujer por el mero hecho de serlo y aunque el agresor y la víctima no tengan relación. Se trata de una figura contemplada en el Código Penal desde 2015, y de escaso uso, hasta la fecha, por parte de los tribunales.

Consulta en el vídeo los detalles.

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