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IMPIDEN GIRAR A CAMIONES

Piden suspender las polémicas señales de tráfico de La Línea

La Abogacía del Estado ha presentado un recurso  contencioso-administrativo contra el acuerdo del Ayuntamiento de La  Línea de la Concepción (Cádiz) por el que han instalado dos señales  de tráfico que prohíben el giro de vehículos desde el municipio hacia  Gibraltar. Pide la suspensión inmediata del acuerdo, con el carácter  de suspensión cautelar provisionalísima.

07/09/2010 Informativos CanalSur

En el recurso, al que tuvo acceso Europa Press, la Abogacía del  Estado explica que la interposición del recurso es por en primer  lugar perjudicar el acuerdo municipal recurrido competencias  estatales, y, en segundo lugar, en defensa de la legalidad y al  amparo de lo previsto en el artículo 65 de la Ley de Bases de Régimen  Local.

En sus Fundamentos de Derecho, la Abogacía del Estado argumenta su  petición de suspensión cautelar en la "gravedad de la infracción"  cometida por el Ayuntamiento linense al colocar los discos de  prohibición de giro a la izquierda en el acceso a Gibraltar y obligar  a todos los vehículos, incluídos los camiones con mercancías  peligrosas, a acceder por un mismo carril y una misma cola.

Así, apela la Abogacía del Estado al artículo 62.1.a) de la Ley  30/1992, que considera nulos de pleno derecho los actos que lesionen  los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. En  este sentido, añade que considera infringido el derecho a la vida y a  la integridad física, por circular en las mismas colas los vehículos  que transporten mercancías peligrosas con los turismos, así como el  derecho a la libre residencia, libre circulación por territorio  español y libre entrada y salida de España.

La Abogacía del Estado señala que el acuerdo municipal sobre los  discos recurridos es la preparación de la aplicación de una tasa de  cogestión (conocido como peaje), como "una especie de aduana  interior", lo cual, recuerda que es una institución de origen  medieval ya superada por nuestro sistema jurídico.

Además, el recurso argumenta que el Estado defiende un interés  público como es la circulación por las fronteras y carreteras  nacionales de acceso a las mismas, la ordenación de las aduanas, la  libre circulación por territorio español o la seguridad de las  personas, mientras que el Ayuntamiento linense defiende intereses  relativos a la circulación por vías municipales y la futura  implantación de un tributo de carácter local.

A juicio de la Abogacía del Estado, los intereses defendidos por  el Estado "presentan una mayor trascendencia, no sólo por el número  de derechos y libertades afectados, sino por la naturaleza de los  mismos, en su mayoría derechos fundamentales". "Frente a esto,  argumenta la Abogacía del Estado, tan sólo advertimos un interés  municipal que puede ser actual, el del tráfico por vía municipal, y  otro a corto plazo, la futura implantación de la tasa municipal".

En cuanto a esto último, señala que si es un interés futuro, "no  hay motivo para que la ejecutividad de la medida no se suspenda hasta  el futuro". Y, en cuanto al interés del tráfico municipal, señala que  no se aprecia que pueda existir otro que la conexión, también futura,  con la ordenación de la circulación de cara a la implantación de un  futuro peaje, con lo que también se podría suspender su ejecutividad  pues no se está haciendo sino preparar un acto futuro, que todavía no  cuenta ni siquiera con la ordenanza que le sirva de apoyo, "con  independencia de que dicha ordenanza creemos que sería ilegal".

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