Supuestos para la moratoria en el pago de la hipoteca

También podrán acogerse a la medida, autónomos con local hipotecado y propietarios con impago de alquiler.

4 abril 2020

La moratoria del pago de la hipoteca será de tres meses. El gobierno ha ampliado el plazo y los beneficiarios. También podrán acogerse a la medida, autónomos con local hipotecado y propietarios con impago de alquiler.

Los bancos podrán conceder la moratoria en el pago de hipotecas a aquellos que cumplan estos cuatro supuestos. 

-que el hipotecado esté en paro o haya perdido más del 40 % de sus ventas o ingresos.

-que el mes anterior tenga unos ingresos que no superen los 1.600 euros. (límite que sube con niños, enfermos o personas mayores a cargo)

- que la cuota, más los gastos básicos (electricidad, gas, agua, teléfono e internet y comunidad) resulte superior o igual al 35 % de los ingresos de la familia.

Finalmente, se exige que la situación económica haya provocado que el esfuerzo de la carga hipotecaria se haya multiplicado por 30.

Estos son los supuestos que prueban la vulnerabilidad económica y que se tienen que dar de forma conjunta. Esta semana el Gobierno ha aclarado la moratoria y ha dado cobertura a las hipotecas de locales de autónomos y a arrendatarios con impago de alquiler. Para algunos defensores de los consumidores estas medidas son insuficientes.

Quejas también por la documentación exigida aunque el gobierno la ha simplificado. La duración de la moratoria es hoy de tres meses. Una vez acabe el estado de alarma tendrán que modificarse las escrituras de hipoteca para recoger estas suspensiones de pago y prorratear.

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