Varapalo del Tribunal Supremo a la banca. Ha cambiado de criterio y según un fallo conocido este mismo jueves son las entidades bancarias las que tienen que correr con los gastos del impuesto de actos jurídicos documentados que se paga cuando se firma una hipoteca y no el cliente.
Es lo que se conoce como Acto Jurídico Documentado. En Andalucía este impuesto de registro hipotecario es del 1,5% .