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Consecuencias de la suspensión de los cuatro diputados presos

24 mayo 2019

La decisión de suspender a los cuatro diputados de ERC (Oriol Junqueras) y de JxCat (Jordi SÁnchez, Jordi Turull y Josep Rull) conlleva una serie de consecuencias que afectarán al funcionamiento del Congreso si estos no renuncian a sus actas, lo que por ahora sólo Junqueras ha confirmado siempre y cuando sea elegido parlamentario europeo.

La Mesa, presidida por la socialista Meritxell Batet, ha encomendado a la Secretaría General de la Cámara "la adopción de las medidas oportunas" para la "debida ejecución" de la suspensión. La Mesa habrá de ratificarlas luego.

Las consecuencias serán las siguientes:

MAYORÍAS PARLAMENTARIAS

Igual que tendrá que asesorar a la Mesa, mediante informe, de qué sucede a partir de ahora con las mayorías, y sobre todo, con la mayoría absoluta.

El informe de los letrados que ha avalado la suspensión ya induce a esa decisión.

El asunto no es menor porque si en la próxima reunión de la Mesa se acuerda que dicha mayoría absoluta se concrete sobre un techo de 346 diputados, ésta sería 174.

Si luego renuncia Junqueras, su puesto lo ocuparía otro representante de ERC en la lista electoral, y entonces, por lógica, se fijaría en la mitad más uno de 347, es decir, 175, ya que fuentes parlamentarias indican que se redondea al alza.

175 es el nivel de apoyo que tuvo Meritxell Batet para ser presidenta del Congreso en segunda votación gracias al apoyo de PSOE, Unidas Podemos, PNV, Compromís, PRC de Cantabria y Coalición Canaria.

Para la posible investidura de Pedro Sánchez, 175 votos marcarían la mayoría absoluta. Las diferencias políticas colocan a Coalición Canaria en una tesitura de máxima expectación.

Ahora bien, este cálculo se asienta en el supuesto de que los tres suspendidos de JxCat no renunciarán a sus actas, que es algo que sólo pueden decidir ellos. Si renuncian, serían reemplazados y la mayoría absoluta regresaría al lugar de siempre, a los 176 escaños. Y la investidura de Sánchez se complicaría un poco.

Un aspecto clave: en el Congreso no existe delegación del voto.

SUSPENSIÓN DE DERECHOS

El reglamento del Congreso los enumera en los artículos del 6 al 9.

Por un lado, no podrán asistir a los plenos ni votar en ellos, ni asistir tampoco a las comisiones, lo que ya la situación de prisión preventiva complicaba en gran medida. Asimismo, una vez suspendidos, no podrán ejercer la facultad permitida a los parlamentarios de recabar de las administraciones públicas la información o los datos que obren en su poder.

Una consecuencia notable es que estos diputados no podrán cobrar, que es algo que querían evitar a toda costa Ciudadanos y PP.

En este punto surge una primera duda. El reglamento del Congreso, artículo 20.2, indica que los derechos y prerrogativas serán "efectivos desde el momento mismo en que el diputado sea proclamado electo".

Según esto, los cuatro diputados en prisión tienen sus derechos garantizados desde el 28 de abril, día de las elecciones.

Ahora bien, por acuerdo de la Mesa, la suspensión se aplicará desde el 21 de mayo, cuando asumieron la condición plena de diputados porque entregaron sus credenciales el día antes, cumplimentaron sus declaraciones de actividades y acataron, no sin polémica, la Constitución.

¿Podrán cobrar los cuatro el sueldo de diputados desde el 28 de abril al 21 de mayo?
Porque el cobro de las retribuciones es un derecho (artículo 8).

Ahora bien, desde el 21 de mayo (o antes), no cobrarán nada de los 2.981 euros brutos que el Congreso asigna como sueldo base y común a todos los diputados, tras última actualización.

No cobrarán, obviamente, nada de los complementos estipulados por ser diputados de fuera de Madrid, 1.921 euros mensuales (brutos), ni tendrán derecho a la tarjeta de taxi con un tope anual de 3.000 euros.

De suyo, no podrán participar en viajes oficiales autorizados por la Mesa ni cobrar las dietas correspondientes y no dispondrán de móvil ni de tableta electrónica.

Igualmente, quedan exentos de los mecanismos de protección social, y así, el Congreso no abonará las cotizaciones a la Seguridad Social ni las aportaciones a las mutualidades o seguros a los que, por los cargos de diputados, tienen derecho. Todo ello siempre que estén suspendidos.

SUSPENSIÓN DE DEBERES

Artículos 15-19 del reglamento de la Cámara.

A los cuatro diputados suspendidos no les compete el deber de ir a los plenos o a las comisiones, ni el de adecuar su conducta al reglamento, ni el de invocar que son parlamentarios para el ejercicio de otras actividades, y a partir de ahora, aunque hayan declarado sus bienes en los trámites previos a la asunción plena de la condición de diputados, la web del Congreso no tendría por qué publicarlos, cosa que sí hará con los demás.

No obstante, tal y como se le ha encargado, la Secretaría General del Congreso tendrá que dar curso a estas suspensiones y delimitar el alcance.

SUBVENCIONES, ASISTENTES, GRUPOS PROPIOS...

La suspensión deja de momento a ERC con 14 escaños y a JxCat con 4.

Si no renuncian a las actas los suspendidos, Esquerra recibirá menos subvención por número de diputados (1.670,17 por los escaños que tenga, periodicidad mensual), pero la rebaja será ostensible en el caso de JxCat, que pierde tres de momento.

Para la asignación de asistentes del Congreso, bajarán también sus ratios, es decir, se les atribuirán menos.

Y otro matiz: si bien JxCat tenía complicado formar grupo propio por sus porcentajes electorales, perder tres escaños aleja definitivamente cualquier opción porque ni siquiera podrá agarrarse a que suma más de cinco diputados (una de las condiciones para formar grupo propio).

La decisión de la Mesa de este viernes es pionera, y ahora toca traducirla a la rutina parlamentaria