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El Gobierno da de margen este lunes a las empresas para cerrar su actividad

El real decreto-ley se ha publicado poco antes de la medianoche en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno endurece desde este lunes el estado de alarma y sólo se permite el trabajo en actividades esenciales.

Hasta el 9 de abril habrá una "hibernación" de la economía.

DOCUMENTO: PUBLICACIÓN DEL BOE.

CANAL SUR MEDIA 30 marzo 2020

El Gobierno endurece desde este lunes el estado de alarma y sólo se permite el trabajo en actividades esenciales. Durante dos semanas, hasta el 9 de abril, se paraliza cualquier otro sector. Habla de una "hibernación" de la economía para evitar la saturación en los hospitales y busca reducir la movilidad al máximo, a un nivel de un fin de semana de confinamiento. Sólo de manera excepcional puede este lunes quedar un número indispensable de trabajadores en las empresas

Según el real decreto-ley publicado poco antes de la medianoche en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que fija este permiso pensado para limitar más la actividad ante la pandemia del coronavirus, en los casos en los que resulte "imposible interrumpir de modo inmediato la actividad" los trabajadores podrán prestar servicios el 30 de marzo. El único propósito, añade, será "llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial".

Moncloa ha advertido a las comunidades de que no hay ninguna diferencia por territorios en las medidas de confinamiento.

Siguen prestando sus servicios, tal y como se decretó el 14 de marzo, los establecimientos de alimentación, las farmacias, prensa, gasolineras o , estancos, telecomunicaciones, comercio por internet, correos, o lavanderías.

La nueva medida no se aplicará al personal de protección civil, extinción de incendios, tráfico y seguridad vial. Pueden seguir trabajando las empresas de seguridad privada.

Tampoco se aplica el permiso retribuido a los trabajadores de centros sanitarios o que atiendan mayores, menores, dependientes o discapacitados, a los centros que investigan cómo tratar la Covid-19 o al sector funerario

Igualmente, se exceptúa el transporte de mercancia y personas, y se considera también servicio esencial toda la cadena de abastecimiento del mercado. Aquí se contempla la agricultura y la pesca, y toda la industria manufacturera que rodea el campo y la mar.

Seguirán trabajando la hostelería y restauración de entrega a domicilio, las empresas de servicios financieros, los bancos, las compañias de seguros, notarías y gestorías.

Y del mismo modo las que presten servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes o de recogida y tratamiento de residuos.

Para quienes ahora deben quedarse en casa porque no trabajan en esos sectores esenciales, es aplicable la nueva figura de permiso retribuido recuperable. Cobrarán su sueldo pero deberán devolver las horas cuando se reincorporen, siempre antes de fin de año y no a costa de las vacaciones.

Se trata de una figura nueva. Y lo es porque, actualmente, los permisos pagados no se deben recuperar. Afecta a los trabajadores no esenciales que aún siguieran acudiendo a su puesto físico de trabajo.

Por el contrario no afecta a la cadena de abastecimiento de bienes de primera necesidad, al mantenimiento de transportes públicos y carreteras, fuerzas de seguridad del Estado, Ejército, establecimientos sanitarios, empleadas del hogar, cuidadoras, servicios de telecomunicaciones e información, luz, gas o personal de limpieza de estas empresas de servicios básicos

Tampoco afecta a quienes desarrollen su actividad en la modalidad de teletrabajo, ni quienes se encuentren de baja por incapacidad temporal o permisos de maternidad o paternidad.

El permiso no se aplicará a los trabajadores afectados por ERTE, que ya no acuden al trabajo

La fecha tope para recuperar esos 8 días laborales es el 31 de diciembre y se deberá respetar en todo sus aspectos el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, no podrá suponer el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario ni semanal

Se cobra el mismo salario y las empresas deben seguir pagando todas las cotizaciones que les corresponden.

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