SECUESTRO PARENTAL
SECUESTRO PARENTAL

Prisión para el expolicía de Alcalá de Guadaría que secuestró a sus hijos

Considera como atenuantes el consumo de alcohol y un trastorno mental

El condenado se enfrentaba a una petición de pena de la Fiscalía de 17 años de prisión

El fallo le absuelve de los tres delitos de lesiones psíquicas

Su abogado va a presentar un recurso ante la Audiencia

20 noviembre 2019

La sentencia considera probado que Manuel L.G., expolicía de Alcalá de Guadaíra, Sevilla, cometió dos delitos de sustracción de menores, aunque ha introducido como atenuante el consumo de alcohol y un trastorno mental, lo que ha permitido rebajar la pena hasta los cuatro años y cuatro meses de prisión.

Su abogado explica que presentará un recurso ante la Audiencia al considerar que la condena impuesta a su representado ha sido "exagerada" porque el tiempo transcurrido desde que la madre formalizó la denuncia hasta que se reunió con los niños fue de escasas 24 horas.

La sentencia también inhabilita al procesado para ejercer la patria potestad de sus dos hijos durante un periodo de cuatro años y a indemnizar a la que fue su pareja y a los dos niños con 8.100 euros.

Por otro lado, el fallo absuelve a Manuel, que está en prisión por una condena previa por maltrato, de los tres delitos de lesiones psíquicas que solicitaron tanto la Fiscalía como la acusación particular por el sufrimiento de madre e hijos durante los días del secuestro.

El condenado se enfrentaba a una petición de pena de la Fiscalía de 17 años de prisión.

Los hechos juzgados el pasado 4 de noviembre en Granada se remontan a la Navidad de 2017 cuando el acusado tenía un permiso para disfrutar de sus hijos, que debía entregar a la madre el 30 de diciembre en el punto de encuentro de Granada al que no fue. Dijo, en el juicio, que no lo hizo porque quería pasar más tiempo con ellos antes de entrar en prisión por una causa diferente. 

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